MINIFUNDIO: explotación agraria de pequeñas dimensiones, que impiden al agricultor obtener una producción suficiente para ser comercializada, obligando en ocasiones al autoconsumo y la agricultura de subsistencia, e impidiendo al campesino obtener ingresos monetarios suficientes. La extensión mínima de una explotación para permitir una gestión adecuada es diferente según la calidad de la tierra, el cultivo, el trabajo, el capital y las técnicas utilizadas, y el espacio geográfico en el que se encuentre. En España suele utilizarse la cifra de 10 hectáreas, que puede ser una cifra indicativa para que una explotación cerealista de secano en la Meseta Central sea considerada pequeña; pero no lo sería para una huerta valenciana, que con ese tamaño es perfectamente rentable (una explotación de más de 100 ha . sería considerada un latifundio, siendo las demás una explotación media). En otras zonas del mundo o para otras fuentes, la cifra puede ser diferente: en América o Australia, sobre todo en zonas poco pobladas con una mayor tendencia a la agricultura y la ganadería extensiva, puede utilizarse la cifra de 30 ha .; en el sureste de Asia, con una tradición de agricultura intensiva (como la ricicultura fuertemente irrigada en zonas superpobladas), puede utilizarse la cifra de 2 ha .